Calcula la indemnización legal correspondiente según el tipo de despido, los tramos DT 5ª (pre y post 12-feb-2012) y la tributación IRPF aplicable. Resultado orientativo basado en el Estatuto de los Trabajadores y la Ley 35/2006 IRPF.
Datos del despido
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Indemnización legal
Verificado 2026-06-10
25.315,07 €
Tramo post 12-feb-2012 (Art. 56.1 ET · 33 d/año)8 años · 25.315,07 €
33 días/año con tope de 24 mensualidades. Si la antigüedad es anterior al 12-feb-2012, ese tramo se computa a 45 días/año con tope combinado de 42 mensualidades (DT 5ª Ley 3/2012).
Objetivo (Art. 53.1.b ET) y colectivo (Art. 51 ET)
20 días/año con tope de 12 mensualidades. Sin tramos DT 5ª.
Disciplinario procedente (Art. 55 ET)
Sin indemnización. Solo procede el finiquito por salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de pagas extraordinarias.
Nulo (Art. 55 ET)
Readmisión obligatoria + salarios de tramitación. No procede indemnización tarifada.
Fin contrato temporal (Art. 49.1.c ET)
12 días/año trabajado al finalizar contratos temporales (excluidos formativos e interinidad).
Fiscalidad IRPF
Exención hasta el importe legal obligatorio, con tope absoluto de €180.000 (Art. 7.e LIRPF). El exceso tributa como renta del trabajo, con reducción del 30% si la antigüedad supera 2 años (Art. 18.2 LIRPF, base máxima €300.000).